Lo primero...
preguntarnos si el vestuario de trabajo protege de algún riesgo específico para la salud y seguridad de las personas.
Cogemos de referencia normativa, tanto el Reglamento (UE) 2016/425, como el RD 773/1997...
"Me lo contaron y lo olvidé; lo vi y lo entendí; lo hice y lo aprendí". Confucio
No hay comentarios:
Publicar un comentario