martes, 3 de diciembre de 2013

DISMINUIR DESIGUALDADES DE GÉNERO...TAMBIÉN DESDE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Hemos empezado la semana, en cuánto a noticias económicas se refiere, con la noticia del acuerdo entre la parte social y la dirección de Mercadona. Sin duda, son interesantes algunas cláusulas del acuerdo, como la desvinculación de la subida salarial a la inflación.

Pero me parece tan importante como el acuerdo a nivel laboral, el acuerdo del Plan de Igualdad. Esto, supone mantener una continuidad en el recorrido por la igualdad de oportunidades, con la práctica de la igualdad ente hombre y mujeres en aspectos como acceso al empleo, formación, promoción interna o la conciliación de la vida familiar y laboral, en una compañía, con un 40% del personal directivo femenino.

Sí quisiera ir más allá de esta noticia en cuanto al trabajo a desarrollar en las empresas en lo que respecta a la igualdad de género. En mi opinión, hay aún áreas en las que parece que no se aplican convenientemente. Por ejemplo, la prevención de riesgos laborales.

La Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo (OSHA), ha recogido, algunas preguntas frecuentes de “La Mujer y la salud en el trabajo”. También, el INSL (Instituto Navarro de Salud Laboral)  ha publicado diferentes estudios y publicaciones al respecto.

Estas publicaciones ¿para qué?. Para comunicar que debe tenerse en consideración en las políticas de Recursos Humanos y también en lo referente a los riesgos laborales, el hecho de estar expuestas las mujeres trabajadoras a diferentes riesgos que los de los hombres, y, por tanto, los daños a la salud también van a ser diferentes.

Partir de este concepto, hace necesarias estrategias diferentes en las actividades preventivas de la Empresa. Esto requiere de una mentalización clara y una implicación total por parte de Gerencia, Recursos Humanos y los Responsables de Prevención.

Un análisis genérico, neutro, no sensible al género, no ayuda a mejorar las desigualdades en materia preventiva. 

Los daños a la salud más frecuentes en mujeres trabajadoras están relacionados con trastornos músculo-esqueléticos, sintomatología relacionada con estrés, acoso y discriminación laboral, caracterizándose por ser procesos más crónicos que agudos.

Trabajar en esta área de la prevención de riesgos laborales por la integración de género, hará que las desigualdades de género se reduzcan. No ignorar las diferencias de género, aumentar la toma de decisiones, garantizar que las medidas preventivas adoptadas sean apropiadas, desde la evaluación de riesgos a los equipos de protección personal, etc.

¿Qué pautas pueden adoptarse?.

Diferentes organismos que trabajan en este aspecto, como pueden ser el INSL o el INSHT. en diferentes normas técnicas como la NTP 658, han señalado pautas de intervención como por ejemplo:

1. Promoción y garantía de la participación de mujeres trabajadoras

2. Tener en consideración el género en la identificación y evaluación de riesgos así como en la elección de la metodología, métodos y técnicas de evaluación.



3. En la intervención preventiva

4. En la investigación de daños a la salud (accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y otros daños derivados del trabajo)

En definitiva, que las acciones realizadas por las áreas de GESTIÓN DE PERSONAS / RECURSOS HUMANOS de las diferentes empresas, hacia la integración de la igualdad de género, NO VAYA por “CAMINOS SEPARADOS” respecto del área de PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

De esta forma, sin duda, MEJORAREMOS las CONDICIONES de TRABAJO de todas las PERSONAS TRABAJADORAS en nuestras respectivas organizaciones.