martes, 22 de septiembre de 2015

MÉTODOS DE EVALUACIÓN PSICOSOCIAL. REVISIÓN Y DESCATALOGACIÓN.

La evaluación, detección, control y tratamiento de los riesgos psicosociales sigue siendo una asignatura pendiente en el ámbito laboral.

Sigue siendo hoy el día, que empresas sin evaluación de riesgos psicosociales, soliciten presupuesto para su tercera encuesta de “clima laboral”. Encuesta realizada de manera muy ordenada cada dos años.

Se han promovido diferentes métodos de evaluación de riesgos psicosociales. Uno de los métodos históricos, es el método del Instituto Navarro de Salud Laboral: “Factores Psicosociales. Identificación de situaciones de riesgo”.

Pero como todo método, debe ser revisado para comprobar si cumple con el articulo 5 del Reglamento de Servicios de Prevención. Y en esta ocasión, el equipo de trabajo que se inició en el 2012 para revisar dicho método, tres años después, ha decidido RETIRAR dicho método y SOLICITAR SU DESCATALOGACIÓN.

Sin duda una decisión dura (por el trabajo y horas invertidas), reflexionada y responsable.

REFERENCIAS LEGISLATIVAS:

Ley de Prevención de riesgos Laborales, 31/1995, art. 4:
Prevención: “el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo”.

Organización mundial de la Salud. (O.M.S., 1946).
Salud: “Un estado de completo bienestar físico, mental, espiritual, emocional y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.

Reglamento de Servicios de Prevención. 39/1997. Artículo 5:
Procedimiento.
1.      A partir de la información obtenida sobre la organización, características y complejidad del trabajo, sobre las materias primas y los equipos de trabajo existentes en la empresa y sobre el estado de salud de los trabajadores, se procederá a la determinación de los elementos peligrosos y a la identificación de los trabajadores expuestos a los mismos, valorando a continuación el riesgo existente en función de criterios objetivos de valoración, según los conocimientos técnicos existentes, o consensuados con los trabajadores, de manera que se pueda llegar a una conclusión sobre la necesidad de evitar o de controlar y reducir el riesgo. A los efectos previstos en el párrafo anterior se tendrá en cuenta la información recibida de los trabajadores sobre los aspectos señalados.

2.      El procedimiento de evaluación utilizado deberá proporcionar confianza sobre su resultado. En caso de duda deberán adoptarse las medidas preventivas más favorables, desde el punto de vista de la prevención. La evaluación incluirá la realización de las mediciones, análisis o ensayos que se consideren necesarios, salvo que se trate de operaciones, actividades o procesos en los que la directa apreciación profesional acreditada permita llegar a una conclusión sin necesidad de recurrir a aquéllos, siempre que se cumpla lo dispuesto en el párrafo anterior. En cualquier caso, si existiera normativa específica de aplicación, el procedimiento de evaluación deberá ajustarse a las condiciones concretas establecidas en la misma.

  1. Cuando la evaluación exija la realización de mediciones, análisis o ensayos y la normativa no indique o concrete los métodos que deben emplearse, o cuando los criterios de evaluación contemplados en dicha normativa deban ser interpretados o precisados a la luz de otros criterios de carácter técnico, se podrán utilizar, si existen, los métodos o criterios recogidos en:
a). Normas UNE.
b). Guías del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, del Instituto Nacional de Silicosis y protocolos y guías del Ministerio de Sanidad y Consumo, así como de Instituciones competentes de las Comunidades Autónomas.
c). Normas internacionales.
d). En ausencia de los anteriores, guías de otras entidades de reconocido prestigio en la materia u otros métodos o criterios profesionales descritos documentalmente que cumplan lo establecido en el primer párrafo del apartado 2 de este artículo y proporcionen un nivel de confianza equivalente.







viernes, 28 de agosto de 2015

APLICACIONES INFORMÁTICAS PARA SMARTPHONE / TABLET (APP)

En la sección de “EL INSTITUTO AL DÍA”, aparecen un conjunto de herramientas, que ayudan a los profesionales de prevención en el trabajo de “campo”, a verificar condiciones de seguridad, chequeos en condiciones de trabajo o cálculos habituales.

La novedad está en el formato, pudiéndose descargarse en Smartphones y Tablets, siendo compatibles para los sistemas operativos Android y, IOS 2015.

Podemos distinguir:

            1.- USO CORRECTO DE ESCALERAS MANUALES
 Esta aplicación permite verificar las condiciones de seguridad en la utilización de las escaleras manuales para uso profesional.
           
  


2.- ATENUACIÓN DE LOS PROTECTORES AUDITIVOS
 Ayuda a calcular la atenuación efectiva de un protector auditivo.


3.- ANÁLISIS DE POSTURAS FORZADAS (MÉTODO REBA)
Este análisis sirve para analizar, de forma rápida y sencilla, el riesgo debido a una determinada postura forzada o mantenida.
 

4.- LÍMITES DE EXPOSICIÓN PROFESIONAL
La aplicación L.E.P. contiene los límites de exposición para agentes químicos en España adoptados por el INSHT después de su aprobación por la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. La búsqueda de la información se puede realizar por nº CAS o por nombre del agente, bien de forma completa o introduciendo una parte del mismo.
De una manera rápida, se puede consultar y guardar en formato 'pdf'


PARA MAYOR INFORMACIÓN Y DETALLE, ÁNIMO A ENTRAR EN LA SIGUIENTE PÁGINA DEL I.N.S.H.T.:




viernes, 7 de agosto de 2015

DESDE LAS AUDITORIAS EN P.R.L. ....... HASTA LA ISO 45001

“Realización de Auditorias de Prevención de Riesgos Laborales”

Los Sistemas basados en las normas ISO 9000, ISO 14000 y UNE 81900 ex, comparten un modelo de sistema de gestión similar pero aparentemente objetivos diferentes (frente al resultado empresarial y satisfacción del cliente, está el resultado de accidentes o impacto ambiental con una legislación por detrás).



Auditoria EHS

Traducido del inglés: Medio Ambiente/Seguridad/Salud.

En el ámbito americano no se diferencia la gestión de la prevención de la medioambiental. Es una herramienta de gestión para evaluar el grado de cumplimiento de la gestión así como de la normativa en ambas áreas.

En EEUU, la auditoria EHS es considerada como actividad habitual de las empresas industriales siendo una herramienta útil para el control del riesgo.

La primera auditoria EHS se puso en marcha en la década de los 70, en la empresa Allied Chemical (Allied Signal).

Su crecimiento viene determinado por varios factores, entre ellos, el reconocimiento por parte de las empresa de realizar revisiones de las instalaciones para detectar fallos y desviaciones. A finales de los años 80 se une un nuevo factor que es, el interés de la opinión pública  de que las compañías informen sobre las actuaciones EHS.

Durante estos periodos de tiempo, accidentes en diferentes empresas han influido en la evolución de las auditorias.

Hoy en día las compañías líderes han ampliado las expectativas depositadas en las auditorias EHS, no fijándose en el mero cumplimiento de la legislación e incluir las denominadas “buenas prácticas industriales”.

Por otra parte, las compañía que han introducido programas de auditoría en Alemania, lo han valorado como un proceso beneficioso y que es una oportunidad para identificar áreas con potencial de mejora. En Alemania, y desde el punto de vista administrativo, se combinan frecuentemente las responsabilidades en asuntos de medio ambiente, prevención e higiene en una mismo departamento, no diferenciándose en las auditorias la prevención y el medio ambiente.





INMINENTE IRRUPCIÓN. ISO 45001

ISO 45001, (ver más), que establece los requisitos para los sistemas de gestión de salud y seguridad en el trabajo, SERÁ EN 2016 NORMA Y  EN OCTUBRE DEL 2016, según planificación del Comité, será publicada.

Este proyecto de norma, inspirada en la conocida OHSAS 18001, está diseñado para ayudar a las empresas y organizaciones de todo el mundo en el aseguramiento de la salud y la seguridad de las personas que trabajan para ellos.


La pregunta es... ¿conseguirá la Seguridad y Salud Laboral, mediante el apoyo de la norma ISO, tener un mayor reconocimiento y credibilidad?. ¿Será eficaz en la integración de P.R.L. en las organizaciones de las empresas?. ¿Serán reconocidas las personas y su salud en las organizaciones como parte fundamental?. 




martes, 14 de julio de 2015

MODIFICACIONES LEGISLATIVAS – P.R.L.

Animo a leer el Real Decreto 598/2015, de 3 de julio, ver aquí, publicado el 4 de julio, por las modificaciones importantes realizadas en las siguientes disposiciones :

En el segundo artículo del R.D. 598/2015, se procede a modificar el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. Las modificaciones se llevan a cabo en el artículo 1 y en los anexos III y VII.

En el artículo tercero del R.D. 598/2015, se procede a modificar el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Las modificaciones se llevan a cabo en el artículo 2.1; apartado 2 del artículo 2; artículo 4 y, por último, letra c) del artículo 10.1.



En el artículo cuarto del R.D. 598/2015, se modifica el Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Las modificaciones se efectúan en las letras a) y b) del artículo 2.5, en la letra a) del artículo 3.1 y en la letra d) del artículo 9.2.

En el artículo primero del R.D. 598/2015, se modifican parcialmente los anexos I, VII y VIII del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención. 
IMPORTANTE MODIFICACIÓN, ACENTUÁNDOSE ÉSTA, 
EN LA ACTIVIDAD DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN.


miércoles, 10 de junio de 2015

PLANES EMERGENCIA, PLANES DE AUTOPROTECCIÓN Y MEDIDAS DE EMERGENCIA

Las Fichas de Divulgación Normativa (FDN) son documentos informativos que recogen, de manera sencilla, los conceptos técnicos y legales del tema tratado y facilitan las fuentes o caminos a seguir para obtener la información adicional que se precise.

El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), es el organismo que publica las FDN.




El objeto de la presente FDN-11, es facilitar a todas las personas que intervienen en el diseño, organización y desarrollo de planes de emergencia o autoprotección el conocimiento de la normativa existente sobre este tema, con el fin de organizar los recursos materiales y humanos necesarios que garanticen la seguridad y salud de los trabajadores antes situaciones de emergencia.



En mi opinión, es una norma de divulgación sencilla, clara y, que aproxima al técnico, al conocimiento de la normativa histórica y actualmente aplicable sobre el tema de los Planes de emergencia, planes de autoprotección y medidas de emergencia.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA GERENCIA, MANDOS INTERMEDIOS, RECURSOS HUMANOS Y, TÉCNICOS DE PREVENCIÓN. ES DECIR.............


........... TODAS LAS PERSONAS QUE DEBEN PROTAGONIZAR DE FORMA ORGANIZADA LA DETECCIÓN DE UNA EMERGENCIA EN SU EMPRESA Y LAS MEDIDAS A ADOPTAR EN UN PRIMER MOMENTO.



domingo, 12 de abril de 2015

TÉCNICO DE PREVENCIÓN DE SERVICIO PREVENCIÓN AJENO...IMPUTADO...CONDENADO

En este mismo blog, con el título “Responsabilidad Penal en Prevención de Riesgos Laborales”, describía las conductas previstas en el Código Penal. Aludía a los delitos de resultado así como a los delitos de riesgo (artículos 316, 317 y 318 C.P.).

“Artículo 316
Los que con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física, serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.
Artículo 317
Cuando el delito a que se refiere el artículo anterior se cometa por imprudencia grave, será castigado con la pena inferior en grado.
Artículo 318
Cuando los hechos previstos en los artículos de este título se atribuyeran a personas jurídicas, se impondrá la pena señalada a los administradores o encargados del servicio que hayan sido responsables de los mismos y a quienes, conociéndolos y pudiendo remediarlo, no hubieran adoptado medidas para ello. En estos supuestos la autoridad judicial podrá decretar, además, alguna o algunas de las medidas previstas en el artículo 129 de este Código.”

Terminaba el artículo aludido anteriormente, con unas preguntas “al aire” respecto a las posibles responsabilidades penales del Técnico de Prevención perteneciente al Servicio de Prevención Ajeno.



Como si de una respuesta a las preguntas realizadas se tratase, tenemos la sentencia dictada por la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Donostia-San Sebastián, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 25 de marzo del 2011 del Juzgado de lo Penal nº 2 de Donostia-San Sebastián, que condenaba por un delito contra los derechos de los trabajadores previsto en el artículo 316 C.P.:

-          al Administrador de la Empresa;
-          al Representante del Servicio de Prevención Ajeno;
-          al Técnico de Prevención asignado por el Servicio de Prevención Ajeno.

Todos ellos con una pena de cárcel menor al año.

Puede observarse la sentencia completa en la página de “Poder judicial”.

Se observará en su lectura, que las deficiencias detectadas son bastante comunes en las actas de infracción que habitualmente se realizan con posterioridad a accidentes similares: falta de evaluación de riesgos de la máquina concreta, falta de formación, errores en el dispositivo de enclavamiento...

Sin duda, es una sentencia controvertida. Da de que hablar en el momento de realizar informes de parte, peritaciones, etc.. 



En todo caso, es para estudiar y reflexionar en las empresas por parte de la Dirección, Responsables de Prevención y Recursos Humanos, así como por parte de los responsables de los Servicios de Prevención Ajenos, Técnicos de Prevención y responsables de Vigilancia de la Salud.




martes, 27 de enero de 2015

¿GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO?...O...COMPARTIR CONOCIMIENTO

CONSEGUIR PERSONAS ...... EN ESTADO "PURO" ...... PARA NUESTRAS EMPRESAS

Beneficio, rentabilidad, créditos, cuenta de resultados, diversificación de productos, proveedores, clientes, satisfacción, accionistas, recursos, plantilla, contratos, convenios...Empresa... 

...... y es que actualmente existen en las Direcciones Generales de las Organizaciones (no me atrevería a decir si en algunas, muchas o pocas) este esquema simplificado de medir la Salud de una Empresa. 

¿Si preguntas por la Gestión del Conocimiento?. En algunas de ellas te aluden a sistemas perfectamente codificados  de los sistemas de Gestión de Calidad, Medio Ambiente y/o Prevención de Riesgos Laborales.

Incluso en algunas ocasiones he oído, a la salida de algunas reuniones, (ya de forma distendida), que la Gestión del Conocimiento es para empresas de servicios, oficinas, asesoramiento, consultoras...

En estos casos, en lo que respecta a la Gestión del Conocimiento, tenemos mucho trabajo por delante en las empresas, al tener estilos de liderazgo que evitan hablar de PERSONAS.  




La conciencia de la Alta Dirección de cualquier Organización, independientemente del sector al que pertenezca (industrial, servicios, etc.) respecto a las PERSONAS como Valor Añadido y gran activo, es FUNDAMENTAL. 

A partir de aquí se podrá ampliar esta cultura al resto de la Organización por tener el respaldo de la Dirección.

En este sentido, los Departamentos de Recursos Humanos, o mejor dicho, de Gestión de Personas, pueden dinamizar y ocuparse de dicho gran activo de la empresa. 

Una Forja, una consultora, un hospital, cualquier organización formada por personas, tiene a su alcance el conocimiento, los valores, actitudes, compromiso y pericia profesional del grupo humano.

Por ejemplo, una consultora formada por profesionales de diferentes sectores. Todas estas personas tienen un conocimiento técnico por su formación, así como un conocimiento por la experiencia laboral, personal. La organización puede:


  • Provocar que se comparta dicho conocimiento. 
  • Facilitar espacios en los que se pueda leer, escuchar, recoger en definitiva información que pueda ayudar al desarrollo personal y también grupal, capturando dicho conocimiento. ¿Cómo?. Vamos a ir comentado algunos ejemplos:

-  Organizar charlas de interés en las materias correspondientes a cada área, puesto de trabajo, según situación geográfica (pudiendo juntarse personas de diferentes actividades), facilitar la asistencia a jornadas sobre la materia que agentes externos ofrezcan en el entorno;

-  Aprovechar la tecnología para enviar links de interés a los trabajadores: artículos de páginas profesionales, actualizaciones de las herramientas tecnológicas utilizadas diariamente, etc. Uso de la Intranet con espacios de foros sobre las materias que afectan a cada uno;

-  Facilitar momentos de relación informal en la empresa (no considerándolos como tiempos improductivos). Es interesante facilitar todo proceso en el que se adquiera conocimiento tácito a través de compartir experiencias. Incluso en algunos casos, profesiones específicas, pueden crearse foros como por ejemplo crear chistes sobre la profesión. (En una ocasión, existía un problema entre comerciales y técnicos, reprochándose por una parte la mala venta del producto y por otra el mal servicio dado a los clientes. Generar chistes caricaturizando el trabajo propio ayudó que comerciales conociesen más de cerca la problemática de los técnicos al servir a los clientes y, los técnicos a su vez, se acercasen a los problemas en las ventas y relación con los clientes de los comerciales);

-  Acercar a las personas en sus aficiones: carreras populares que puedan correrlas juntos, participar en la Olimpiada de Empresas, etc.. Seguramente el ambiente de relación fuera del trabajo influye en la confianza del grupo en el lugar de trabajo;


- Facilitar la interrelación de trabajos entre dos personas o en grupo, facilitando la recogida de información al observar a otra persona con más experiencia, con diferente edad y otra dinámica para realizar la misma tarea. Puede ser muy enriquecedor. (Por ejemplo hacer un proyecto entre dos personas);


-  Desarrollar todo lo visto en documentos fáciles de alcanzar por el resto de personas. Ayudándose de los soportes tecnológicos, generar manuales de buenas prácticas y procedimientos de trabajo.




Pero no podemos quedarnos aquí, y, es importante crear elementos innovadores que por una parte desarrollen a la persona y por otra faciliten la diseminación del conocimiento en la organización. Un par de ejemplos que muestran este sentido:

-  Facilitar a personal técnico, que imparta dentro de la organización una jornada de formación sobre la materia de la que es especialista. Es posible que parte de su conocimiento, haya sido generado por información facilitada por la empresa o por agentes externos que la empresa le haya proporcionado. Esta persona creará un material y una documentación para presentar la jornada así como documentación de trabajo para utilizar posteriormente en clientes. A esa persona, se le reconoce su valía por parte de la empresa. Tiene un reconocimiento por parte de  sus compañeros y además facilita que el conocimiento adquirido esté escrito, en soporte digital.

-  Proporcionar la creación de artículos en revistas o revistas digitales. Acuerdo de la empresa con dichas revistas de tal forma que mensualmente la empresa genere un artículo técnico. En este caso también hay un reconocimiento personal a esta persona por confiar en ella. Pero a la vez, este tipo de acciones genera una difusión del conocimiento que queda en la organización.

Estos procesos desembocan en  una adquisición de conocimientos por parte de las personas de la organización que adquiridas en un clima de trabajo positivo, van a ser aplicadas en el día a día, repercutiendo en la rentabilidad de la empresa. 

Es la mejor muestra de medición respecto a la fluidez del conocimiento en una organización.


Existirá mayor participación de las personas. Ayudarán a que los soportes tecnológicos de la organización sean eficaces, al aumento de la competitividad basado en el valor añadido de las personas y, del conocimiento de éstas al servicio de la organización. 

Y como hemos empezado, es importante el LIDERAZGO, que en definitiva debe ser llevado por PERSONA/S.

En estas líneas he intentado describir diferentes experiencias personales que sí han tenido éxito en las personas. 

Una de las cosas más interesantes que me han comentado (de dentro del Grupo y de empresas del mismo sector) es que para dedicarnos a la actividad que teníamos, la plantilla tenía una media de antigüedad importante y parte de “culpa” tiene el creer en las personas como el Principal Agente del Conocimiento.

Pero también ayuda en otros aspectos, como por ejemplo, mantener los Valores de una Organización en el periodo de rejuvenecimiento generacional y otras tantas circunstancias de cambio que se pueden presentar en las Organizaciones.