Tenemos una Sentencia del Tribunal Supremo en la que se reconoce el derecho de una enfermera de urgencias a cobrar la prestación por riesgo durante la lactancia natural.
En caso de trabajo a turnos o con horarios y jornadas que impidan la alimentación regular del menor, es necesario tomar en consideración la efectiva puesta a disposición de la trabajadora de las condiciones necesarias que permitan la extracción y conservación de la leche materna.
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