Hemos empezado la semana, en cuánto a noticias
económicas se refiere, con la noticia
del acuerdo entre la parte social y la dirección de Mercadona. Sin duda, son
interesantes algunas cláusulas del acuerdo, como la desvinculación de la subida
salarial a la inflación.
Pero me parece tan importante como el acuerdo a nivel
laboral, el acuerdo del Plan de Igualdad. Esto, supone mantener una continuidad
en el recorrido por la igualdad de oportunidades, con la práctica de la
igualdad ente hombre y mujeres en aspectos como acceso al empleo, formación,
promoción interna o la conciliación de la vida familiar y laboral, en una compañía,
con un 40% del personal directivo femenino.
Sí quisiera ir más allá de esta noticia en
cuanto al trabajo a desarrollar en las empresas en lo que respecta a la
igualdad de género. En mi opinión, hay aún áreas en las que parece que no se
aplican convenientemente. Por ejemplo, la prevención de riesgos laborales.
La Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el
Trabajo (OSHA), ha recogido, algunas preguntas frecuentes de “La Mujer y la salud en el trabajo”.
También, el INSL (Instituto Navarro de Salud Laboral) ha publicado diferentes estudios y publicaciones al
respecto.
Estas publicaciones ¿para qué?. Para comunicar que
debe tenerse en consideración en las políticas de Recursos Humanos y también en
lo referente a los riesgos laborales, el hecho de estar expuestas las mujeres trabajadoras
a diferentes riesgos que los de los hombres, y, por tanto, los daños a la salud
también van a ser diferentes.
Partir
de este concepto, hace necesarias estrategias diferentes en las actividades
preventivas de la Empresa. Esto requiere de una mentalización clara y una
implicación total por parte de Gerencia, Recursos Humanos y los Responsables de
Prevención.
Un análisis genérico, neutro, no sensible al género, no ayuda a
mejorar las desigualdades en materia preventiva.
Los
daños a la salud más frecuentes en mujeres trabajadoras están relacionados con
trastornos músculo-esqueléticos, sintomatología relacionada con estrés, acoso y
discriminación laboral, caracterizándose por ser procesos más crónicos que
agudos.
Trabajar en esta área de la prevención de riesgos
laborales por la integración de género, hará que las desigualdades de género se
reduzcan. No ignorar las diferencias de género, aumentar la toma de decisiones,
garantizar que las medidas preventivas adoptadas sean apropiadas, desde la
evaluación de riesgos a los equipos de protección personal, etc.
¿Qué pautas pueden
adoptarse?.
Diferentes organismos
que trabajan en este aspecto, como pueden ser el INSL
o el INSHT. en diferentes normas técnicas como la NTP
658, han señalado pautas de intervención como por ejemplo:
1. Promoción y garantía de la
participación de mujeres trabajadoras
2. Tener en consideración el género en la
identificación y evaluación de riesgos así como en la elección de la
metodología, métodos y técnicas de evaluación.
3. En la intervención preventiva
4. En la investigación de daños a la
salud (accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y otros daños
derivados del trabajo)
En definitiva, que las acciones
realizadas por las áreas de GESTIÓN DE PERSONAS / RECURSOS HUMANOS de las
diferentes empresas, hacia la integración de la igualdad de género, NO VAYA por
“CAMINOS SEPARADOS” respecto del área de PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
De esta forma, sin duda, MEJORAREMOS las
CONDICIONES de TRABAJO de todas las PERSONAS TRABAJADORAS en nuestras
respectivas organizaciones.